SALUD OCUPACIONAL
TRABAJO COLABORATIVO No. 2
REINA ESTHER
YINETH I
ELENIS HELENA G
JULIE ANDREA G
GRUPO COLABORATIVO: 102505_13
TUTOR: ARMANDO PERDOMO
UNIVERSIDAD NACIONAL ABIERTA Y A DISTANCIA
FACULTAD DE CIENCIAS BÁSICA E INGENIERÍA
MAYO DE 2010
ACCIDENTE DE TRABAJO
ACCIDENTE DE TRABAJO: “Es un suceso repentino que sobreviene por causa o con ocasión del trabajo y que produce en el trabajador daños a la salud (una lesión orgánica, una perturbación funcional, una invalidez o la muerte). Ejemplo herida, fractura, quemadura.
Se considera ACCIDENTE DE TRABAJO el ocurrido en cumplimiento de labores cotidianas o esporádicas en la empresa. El que se produce en cumplimiento del trabajo regular, de órdenes o en representación del empleador así sea por fuera de horarios laborales o instalaciones de la empresa. El que sucede durante el traslado entre la residencia y el trabajo en transporte suministrado por el empleador”.
EJEMPLO: CAIDA DE ALTURA DESDE UN ANDAMIO
http://ahorainfo.com.ar/2009/02/accidentes-de-trabajo-lo-denuncio-el-colegio-de-ingenieros/
Obrero de la construcción que cae de una altura aproximada de 6 metros mientras realizaba labores de mantenimiento de la tubería de la parte externa de un edificio, sin llevar los elementos de seguridad y protección personal requeridos para este tipo de labores. El obrero está vinculado a una pequeña empresa, que fue contratada por la administración del edifico donde ocurrió el accidente. El accidentado sufre trauma craneoencefálico con pérdida de la consciencia, fracturas no determinadas en reja costal y miembros inferiores. Laceraciones de los tejidos blandos ya que durante la caída se golpea con elementos del andamio y partes sobresalientes del muro del edificio. Es trasladado por un servicio de ambulancias a un hospital cercano y su pronóstico de salud es reservado.
: POR QUÉ OCURRIÓ EL ACCIDENTE
BáBásicamente el accidente ocurrió por imprudencia e imprevisión pues:
- Se debía informar detalladamente al trabajador del tipo de trabajo a realizar y si los procedimientos a desarrollar se iban a realizar en techos, tuberías, tanques, estructura, etc.
- Especificarle de acuerdo con la tarea y el sitio donde se realizaría el trabajo cuáles eran los elementos de protección que se necesitaban tales como casco, gafas de seguridad, guantes y arnés y suministrárselos.
- La persona responsable de la empresa debió verificar y garantizar que todos los requerimientos se cumplieran por él y el grupo de operarios que realizaban la labor, ya que parte de su deber es conocer y entender las limitaciones y precauciones a tener en cuenta.
- El encargado de la empresa debió revisar el sitio y sus alrededores para examinar que no existieran materiales o equipos que pudieran generar riesgos para las personas o equipos de su empresa.
- Ya que el desarrollo de la actividad requería del uso de equipo y materiales tales como escaleras, andamios, tablones, se debió verificar si su estado cumplía con los requerimientos de calidad y seguridad, que no se encontraran deteriorados, ni oxidados o con grietas.
- Por tratarse de un trabajo en altura se debió verificar que los andamios fueran los apropiados en cantidad y calidad, y que estuviesen correctamente armados, con todos los tornillos y tijeras, y nivelados en el piso, para garantizar la estabilidad y seguridad del personal; además los tablones no debían presentar agrietamiento o fisuras
- No se aseguró que quienes realizarían la tarea estuviesen técnicamente capacitadas y entrenadas en las tareas asignadas y en capacidad de manejar equipos y elementos de seguridad.
- Se debió garantizar que el trabajador tenía un sitio en la estructura o línea de vida para asegurar el arnés, suministrado para la realización de la tarea.
- Se debió coordinar con la brigada de emergencias de la empresa previendo el riesgo de accidentalidad de la tarea
- La administración del edificio a su vez debió exigir al contratista que cumpliera con los requisitos de prevención de accidentes de trabajo, tener establecido un programa de So, plan de emergencias y brigada EPS y ARP.
FACTORES QUE INCIDIERON EN LA OCURRENCIA DEL ACCIDENTE
- La falta de cumplimiento de las normas consignadas en la ley 1295 de 1995. La empresa no previene, capacita ni suministra los elementos de protección personal ni supervisa nel estado de los equipos que emplea para la oferta de servicios.
- La ignorancia del trabajador, no solo en cuanto al no uso de elementos de seguridad y protección sino en cuanto a sus derechos como trabajador.
- Falta de un programa de Salud Ocupacional en la empresa, de lo que se derivan fallas en la prevención de accidentes, carencia de planes de emergencia y falta de una brigada de emergencias.
- Personas sin idoneidad para supervisar las condiciones de contratación de servicios y seleccionar el personal adecuado.
- Negligencia de los encargados de la empresa para solicitar apoyo en capacitación a la ARP.
SECUENCIA DEL ACCIDENTE
El obrero se encuentra desmontando una tubería anclada al muro externo del edificio. No lleva ningún elemento de protección al momento de realizar la labor, ni siquiera cuenta con un arnés.
Al encontrar dificultad para zafar un tramo del tubo, decide usar como apoyo de su pie derecho la pared para ejercer mayor fuerza, pero el tablón en el cual se encuentra apoyado se desliza, el joven pierde el equilibrio y cae, golpeándose durante su caída con las partes sobresalientes del muro y con parte del andamio, de manera que sufre politraumatismos, con trauma craneoencefálico y pérdida de la consciencia.
LOS COSTOS DEL ACCIDENTE
Son altos debido a que el estado del accidentado requiere de una institución hospitalaria de tercer nivel que cuente con una Unidad de cuidados intensivos, área quirúrgica de neurocirugía y ortopedia, entre otros. Dependiendo de la evolución habrá costos quirúrgicos, de hospitalización y de incapacidad laboral.
Además es afectada económicamente la familia en sus ingresos. Dependiendo de la edad del trabajador los costos varían según la proyección de ingreso salarial en su vida teórica productiva ya sea que fallezca o quede con discapacidades temporales o permanentes.
La empresa además tendrá costos por las sanciones que se derivarán de su responsabilidad civil y de la multa que contraerá por incumplir las normas vigentes de Seguridad e Higiene Industrial.
Si además llega a haber irregularidades en las afiliaciones del trabajador a la ARP y EPS, la empresa también deberá asumir los costos de la atención médica.
A quienes contrataron (administración del edificio) también le corresponde cubrir parte de los costos de atención y hasta indemnización (responsabilidad civil compartida) por no haber exigido que el contratista cumpliera con todos los requisitos para la prevención de accidentes y afiliación de sus trabajadores al sistema integral de seguridad social.
BIBLIOGRAFÍA
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